Conoce los aspectos legales que confluyen en la contratación para que tomes decisiones acertadas: Contrato de trabajo: es la convención por la cual el empleador y el trabajador se obligan recíprocamente; éste a prestar servicios personales bajo dependencia y subordinación del primero y a aquel a pagar por estos servicios una remuneración determinada. AFP: se les llama a las Administradoras de Fondos de Pensiones, las cuales son sociedades anónimas cuyo objeto social único y exclusivo es la administración de un fondo de pensiones, así como el otorgamiento de prestaciones por vejez, invalidez y sobrevivencia a sus afiliados, según lo dispuesto en la Ley del Sistema de Ahorro para Pensiones (SAP) FONASA (Fondo Nacional de Salud): es el organismo público encargado de otorgar cobertura de atención, tanto a las personas que cotizan el 7% de sus ingresos mensuales en FONASA, como a aquellas que, por carecer de recursos propios, financia el Estado, a través de un aporte fiscal directo. ISAPRES: son entidades que captan la cotización obligatoria previsional de salud de los trabajadores que han optado por afiliarse al sistema privado.
Antecedentes: Es obligatorio para los trabajadores dependientes mayores de 18 años y regidos por el Código del Trabajo, que inician una relación laboral con fecha igual o posterior al 2 de octubre de 2002. La incorporación es voluntaria para aquellos que firmaron un contrato antes de esa fecha. Exclusiones Quedan excluidos del seguro los siguientes casos: Trabajadores de casa particular, sujetos a contrato de aprendizaje, Trabajadores menores de 18 años de edad, Trabajadores que tengan la calidad de pensionados, con excepción de pensionados con invalidez parcial, Trabajadores independientes y Trabajadores regidos por cualquier otra norma que no sea el Código del Trabajo. Beneficios Los beneficios están relacionados con la antigüedad o tiempo cotizado en el sistema, el tipo de trabajo o la causal de término de la relación laboral. En términos globales, la persona que es despedida o renuncia a su trabajo tiene derecho a realizar tantos giros como el saldo de la cuenta del afiliado le permita, mensuales y decrecientes, permitiéndole con ello, paliar en parte su carencia de ingresos cuando se ve enfrentado al desempleo. -No sólo tiene beneficios en dinero, sino también en salud, asignación familiar y apoyo a la reinserción laboral a través del funcionamiento de una Bolsa Nacional de Empleo y Becas de capacitación. En caso de fallecimiento del afiliado, sus beneficiarios o herederos pueden retirar el saldo acumulado, con las mismas ventajas tributarias.